La deducción por alquiler es un apartado legal, contemplado en la Declaración de la Renta, que había funcionado por muchos años y cuya figura está cambiando.
Cuando se trata de realizar la Declaración de Renta en Zaragoza, es importante conocer todos los detalles en torno al proceso y la deducción por alquiler es uno de ellos.
Aunque no aplica para contratos nuevos, debe saberse que en algunos casos -como en el caso de contratos de alquiler anteriores a enero de 2015- sigue estando en vigencia y debe ser registrado.
Algunos datos generales
La normativa en torno a la deducción por alquiler ha estado cambiando en los últimos años y los profesionales en la materia están muy al tanto de este cambio y cómo debe reflejarse en la Declaración de Renta.
Es por ello que uno de los mejores consejos que podemos ofrecerle, es que consiga una empresa o profesional confiable y experimentado en la materia, que puede ofrecer la asesoría y la gestión de la Declaración de Renta, para asegurarse de no infringir ninguna normativa ni verse afectado por una gestión errada.
De igual forma, le dejamos en este apartado algunos datos que es importante conocer sobre la deducción por alquiler en Zaragoza, que podrían serle útil a la hora de realizar su Declaración de Renta.
- La deducción por alquiler ha desaparecido en el caso de nuevos contratos. La Agencia Tributaria eliminó esta figura para los nuevos contratos y está haciendo una revisión especial en casos que le resulten sospechosos, así que evite declarar indebidamente, inclusive si es por error o desconocimiento, pues esto podría provocarle problemas con el fisco.
- Se encuentra vigente para contratos anteriores al 2015. La deducción por alquiler sigue estando vigente para contratos firmados o contraídos antes de enero de 2015, así como para aquellos que se hayan prorrogado y los firmados nuevamente sin que hayan cambiado los firmantes, es decir, el arrendador y el inquilino.
- Las viviendas siguen desgravando sobre la Declaración de Renta. Aunque en menor escala, la propiedad de una vivienda sigue siendo un gravamen sobre el Impuesto sobre la Renta, pudiendo deducirse hasta 15% de lo que ha pagado por motivo de hipoteca, pero solamente si adquirió la vivienda antes de enero de 2013.
- 10,5% para el inquilino. En el caso de los inquilinos, se pueden beneficiar de hasta 10,5% de reducción, solo si el contrato es anterior a 2015.